Asesoramiento Fiscal

El entorno fiscal se encuentra en continua transformación, lo que requiere una planificación y un análisis detallado de las aplicaciones y adaptaciones. En este sentido, consideramos todos los aspectos actuales de la fiscalidad y la economía. Cubrimos toda la gama de prestaciones en materia de asesoramiento tributario.

SERVICIOS DE ASESORAMIENTO FISCAL

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• Cálculo, revisión, liquidación y tramitación de declaraciones tributarias, tanto de imposición indirecta como directa, de carácter mensual, trimestral o anual que se deba formalizar.

• Revisión y, en su caso, corrección de la contabilidad fiscal a partir de los soportes y datos suministrados por la empresa.

• Preparación del cierre anual con información facilitada y realización de un informe proyectivo anual al objeto de analizar la evolución de la empresa y su posible resultado.

• Cierre anual de la contabilidad con elaboración del balance y cuenta de pérdidas y ganancias, con el cálculo y tramitación de la correspondiente declaración del Impuesto sobre Sociedades.

• Estudio, preparación, cálculo y tramitación de declaración por el I.R.P.F. y Patrimonio.

• Cualquier otra gestión de carácter tributario relacionada con las obligaciones legales de la empresa.

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F.A.Q.

Algunas dudas frecuentes

¿Cuándo empieza la declaración de la renta 2022?

La campaña de la renta comienza el martes 11 de abril de 2023.

¿Cuánto tiempo tengo para entregarla?

Finaliza el 30 de junio de 2023, fecha límite para presentarlo.

¿Cuándo debo pagar el importe de la renta?

El contribuyente abona el 60% del importe al presentar la declaración o en su defecto, el 30 de junio; y el 40% restante se paga el 7 de noviembre, siendo el segundo plazo impuesto por la Agencia Tributaria para saldar dicho trámite.

¿Cuánto tiempo tardan en ingresarme la devolución de la renta?

Si está todo correcto normalmente suelen tardar menos de un mes. No obstante la administración dispone de seis meses para realizar la devolución desde que finaliza el plazo de presentación de las declaraciones. Si transcurrido dicho tiempo no se ha producido la devolución tendrán que abonar los intereses de demora correspondientes.